Decreto 31/2015, de 6 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos tradicionales en la Comunitat Valenciana (bous al carrer).
Los festejos taurinos tradicionales (bous al carrer) son una de las señas de identidad del pueblo valenciano. Su arraigo, orígenes históricos, difusión y variedad en cuanto a sus modalidades, hacen de esta fiesta una de las más representativas en cuanto a su implantación, aceptación popular y consideración.
En este contexto, los datos emitidos por el Ministerio competente sitúan a la Comunitat Valenciana, año tras año, a la cabeza de las comunidades autónomas que celebran festejos de bous al carrer. Un liderazgo motivado, en suma medida, por la notable afición existente en nuestra tierra y que obliga, de manera incuestionable, a prever y plantear actuaciones normativas, promocionales y, en su caso, formativas a los efectos de vincular la cantidad de festejos con la calidad en la realización de los mismos.
Antigüedad y difusión son los dos aspectos que mejor justifican la fiesta de bous al carrer como elemento identitario valenciano. Si sus orígenes documentados se remontan a la Edad Media, no es menos cierto que, actualmente, más de la mitad de los municipios de nuestra tierra efectúa este tipo de celebraciones. Así, los datos objetivos sitúan en más de 6.000 el número de festejos que, temporada tras temporada, se organizan en nuestros pueblos y ciudades, una cifra altamente significativa que refleja, sin ningún género de duda, la excelente salud de la que, en estos momentos, gozan los festejos de bous.
Con estas premisas, se deduce y constata la necesaria protección y apoyo que los festejos de bous al carrer deben tener por las Administraciones como valor identitario que son. Una protección y apoyo centrados, entre otros aspectos, en la consolidación de la fiesta, en su reconocimiento como seña cultural, en facilitar su realización y desarrollo, así como, igualmente, en prever su evolución en base al impulso social que toda actividad humana conlleva.
En este marco, el carácter tradicional de los festejos de bous es, con total seguridad, uno de los principales motivos que justifican la necesidad de su salvaguarda y respeto. Una tradición que arranca desde orígenes lejanos en el tiempo y que es general y consustancial al territorio de la Comunitat Valenciana en su globalidad. De este modo, siendo global y no atomizada por municipios, una tradición debe exceder del ámbito territorial local para abarcar, sin fronteras ni límites geográficos ni geopolíticos, la totalidad del mapa autonómico. Con esta premisa, los distintos municipios pueden celebrar bous al carrer o no, pueden incorporarse a la fiesta si así lo estiman o pueden acoger otras modalidades tradicionales en su localidad. Del mismo modo, pueden decidir en contrario, siendo esta una opción igualmente respetable, sin que ello afecte a la trascendencia de una tradición que no tiene por qué entender de fronteras.
De otro lado, en relación con lo anterior, el factor «seguridad» es el nexo preciso destinado a fusionar la tradición con la correcta ejecución de la fiesta. Un nexo de unión que desemboca en los dos elementos esenciales para el adecuado desarrollo de la celebración: ser acontecimiento popular y la exigencia de responsabilidad en su realización.
La seguridad, como tal, presenta diversas vertientes que afectan, entre otras cuestiones, a sus elementos materiales y personales y al tiempo de verificación, así como al comportamiento cívico de los participantes y espectadores respecto a la convergencia del ocio y divertimento con el, en todo caso, respeto al animal.
En este marco, el bienestar animal es uno de los factores en que más ha evolucionado la fiesta de bous al carrer. Efectivamente, no resulta concebible en los tiempos actuales que la res sufra maltrato, ni que se la considere como un mero objeto pasivo. Su función en la fiesta está ligada, de forma indisoluble, a la prohibición de cualquier tipo de comportamiento incívico y a su consideración como ser vivo que es.