Proemio - Plazas de toros de España
Plaza de Toros de la Real Maestranza de Caballería de Ronda
PROEMIO
Los primeros cosos, arbitrados a la lidia como espectáculo, pertenecían a cuerpos de maestranza o casas de misericordia, toda vez que los permisos para verificar corridas se otorgaban por la Corona como privilegio a nobles institutos o como recurso a la beneficencia, que en tiempo de los Borbones recibió activo y eficaz impulso en nuestra patria.
La construcción de Plazas de Toros se resintió del carácter provisional que les daban los términos de las licencias, y así se comprende que en una era arquitectónica (siglo XVIII), como la de Carlos III, la mayor parte de los circos taurinos fuesen de madera, dentro de una cerca de material de humildes tapiales; y claro es que ni Maestranzas ni Juntas benéficas habían de resolverse a levantar cosos en proporciones de cierta grandiosidad, cuando el Consejo de Castilla daba permisos de escaso número de funciones, en atención a especiales objetos y excusando toda amplitud, que erigiera en derecho lo que dispensaba como una gracia especialísima.
Solo en los puntos donde había toreadores de reputación, como en Sevilla y Ronda, o institutos benéficos bastante poderosos para contar con licencias para corridas anuales, como Madrid, Zaragoza y Valencia, o donde el pueblo se interesaba más por el fomento de las lidias, comprendiendo el interés de la afluencia de forasteros a sus recintos, se construyeran plazas de toros, en analogía con los antiguos circos romanos, de que presentaban solemnes y ostentosos vestigios las ruinas de Itálica, los campos contiguos a Mérida, los llanos de Segovia, y los valles Tarraconenses.
Pero el carácter provisional de estas concesiones de vistas de toros era siempre una rémora para proyectos de edificación de circos, que correspondieran a las creces de la estimación que alcanzaba el toreo, y al producto que dejaban las corridas, merced a la bravura del ganado, y a la destreza y valentía de los héroes Sevillanos y Rondeños.
En los festejos reales era de constante tradición habilitar la primera plaza pública para torneos, ejercicios de la gineta, cuadrillas y lidias de toros; siguiéndose esa costumbre en las bodas del Príncipe de Asturias, después Carlos IV, con la Princesa Napolitana, Doña María Luisa. En capitales y villas de importancia las corridas se efectuaban también en la Plaza mayor, preparada al efecto; no pensándose en erigir otros palenques, porque ni el número de las cuadrillas, ni el costo de sus contratas, permitían pensar en ello; agregándose las muchas diligencias y pasos, que imponían tales festejos para obtener superior permiso, por conducto de Alcaldes, Corregidores o Asistentes.
En tiempo de Carlos IV llegó a su apogeo la fiesta nacional; alcanzando el decidido favor de la Corte y de los pueblos más importantes de la Península; datando de este período las primeras Plazas, con destino a la lidia de reses bravas; si bien el temor a que variase el rumbo de aquel patrocinio influyó en que las Juntas benéficas, como las Empresas particulares, restringieran los gastos; siendo pocas las graderías de piedra o material, y demasiado comunes las andamiadas de madera, con exposición de la concurrencia, y a riesgo de accidentes desastrosos, de que por fortuna diéronse pocos ejemplos.
Las Maestranzas y las Juntas de Hospitales y Hospicios iniciaron las construcciones de Circos taurinos; y a la vez, mejoraron la estructura de sus cosos los cuerpos nobles de Ronda y Sevilla, y levantaron plazas las Asociaciones beneficentes de Madrid, Zaragoza, Granada, Valencia, Pamplona y Tudela; siguiendo el impulso Municipios y Señores en poblaciones como Medina-Sidonia, Trujillo, Ciudad-Real y otras; continuando algunas empresas la erección dentro de cercos murales de palenques de lidia; sacando a subasta las andamiadas de sombra y de sol, para ahorrarse los costos de una construcción definitiva de órdenes de asientos.
Con el regreso del reinado de Fernando VII en 1814, detuviéronse no pocas nuevas construcciones de Circos; pero cuando varió el régimen político y los Municipios salieron de la tutela del Consejo y Cámara de Castilla, apenas hubo población que no comprendiese a la plaza de toros entre los edificios públicos de necesidad en la vida de los pueblos; contribuyendo a favorecer tales construcciones el número de cuadrillas, que bastaba a cubrir el notable aumento de las funciones; estando su costo respectivamente al alcance de cada localidad.
En recuerdo, admiración y respeto a Don José Velázquez y Sánchez - Anales del Toreo - 1868